domingo, 6 de diciembre de 2015

LOS ACREDITADOS DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA ACUERDAN LOS CRITERIOS PARA SU PROMOCIÓN INTERNA

El pasado 4 de diciembre, la Asamblea de acreditados a Catedráticos de Universidad de la Universidad de Zaragoza acordó solicitar del Rector:

  1. La promoción de plazas de CU y el establecimiento de una ordenación para su reparto entre los acreditados CU que soliciten la correspondiente promoción interna conforme al art. 62.2 de la LOU,
  2. Una total transparencia en todo el proceso que conduzca a la ordenación del profesorado acreditado CU que solicite la mencionada promoción interna 
  3. Que se acepte el criterio de ordenación apoyado de manera mayoritaria por nuestra Plataforma basado en la fecha concreta de acreditación, junto otros criterios que resolverían la ordenación en caso de empate :
    • (a) número de sexenios, 
    • (b) antigüedad en el cuerpo de TU y, de persistir el empate, 
    • (c) respeto a la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
En todo caso, el criterio de ordenación que se establezca por parte de los órganos competentes de la Universidad de Zaragoza debe explicarse a los interesados por razones de seguridad jurídica, al afectar a nuestro derecho subjetivo a  promocionar internamente plazas de Catedrático de Universidad (art. 62.2 LOU)





lunes, 19 de octubre de 2015

CONSTITUIDA LA COORDINADORA DE PROFESORES ACREDITADOS A CÁTEDRA EN LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BARCELONA.

El día 6 de Octubre tuvo lugar la primera reunión del colectivo de  Catedráticos acreditados en la Universidad Autónoma de Barcelona. Encuentro al que asistió un importante número de profesores y en los que otros muchos que no pudieron asistir manifestaron su adhesión a la convocatoria.


Entre los distintos temas planteados en la reunión se realizó una valoración de la reciente modificación de la LOU, mediante el Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, poniéndose reiteradamente de manifiesto la dificultad adicional en la que se encuentra el colectivo de acreditados a Catedráticos en Cataluña, dado que para activar los mecanismos de promoción interna es imprescindible la convocatoria por parte de la Generalitat de las correspondientes plazas de funcionarios del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores Científicos de los organismos Públicos de investigación. Opción que, en estos momentos, parece remota dado que el modelo universitario por el que ha apostado el Gobierno de la Generalitat ha sido el de convocar exclusivamente plazas de profesores contratados en régimen laboral.

VALORACIÓN DE LA COORDINADORA CATALANA DE ACREDITADOS A CATEDRÁTICOS DE UNIVERSIDAD DE LA MODIFICACIÓN DE LA LOU POR EL REAL DECRETO-LEY 10/2015

Barcelona a 22 de septiembre de 2015

El RD-LEY 10/2015, de 11 de septiembre (BOE 12-09-2015), en su Disposición final segunda modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades en los siguientes términos:

Uno. El apartado 2 del artículo 62 queda redactado de la siguiente manera:
«2. A los concursos podrán presentarse quienes hayan sido acreditados de acuerdo con lo regulado, para cada caso, en los artículos 59 y 60, así como los funcionarios del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad y del Cuerpo de Catedráticos de Universidad.
Asimismo, las Universidades podrán convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Estas plazas, que no podrán superar el número máximo de plazas que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre, en ese mismo año, para el acceso a los cuerpos docentes del artículo 56 de esta misma ley, se convocarán para funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o a de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición. Los funcionarios que participen en estos concursos tendrán que estar acreditados para el Cuerpo docente de Catedráticos de Universidad».

En términos generales hemos de valorar positivamente este paso hacia el desbloqueo de la situación que viene sufriendo el colectivo de Profesores Titulares de Universidad acreditados a Catedráticos los últimos cuatro años en España, años en los que se ha impedido por completo la promoción en la escala funcionarial, con las consiguientes consecuencias negativas en las carreras profesionales e investigadoras y los evidentes efectos perjudiciales que eso ha traído consigo para el conjunto de la universidad española.

En particular, resulta positivo que se haya reconocido finalmente el derecho a la promoción, al establecerse la posibilidad de convocar plazas de promoción interna para que los Profesores Titulares acreditados puedan acceder al Cuerpo de Catedráticos de Universidad. En este sentido, la Exposición de Motivos del citado RD-Ley es muy clara:

«Tras varios años en las que las nuevas incorporaciones y promociones del profesorado universitario han estado limitadas por la aplicación de la tasa de reposición, la política de las Universidades por retener el talento y, por tanto, aplicar la tasa de reposición en retener jóvenes profesores ha tenido, por otro lado, un efecto negativo sobre el cuerpo de catedráticos de universidad. La jubilación de los Catedráticos de Universidad no ha podido ser compensada con nuevos catedráticos al carecer las universidades de tasas de reposición para poderlo hacer. Esto ha provocado una evidente y acelerada descompensación en las plantillas de profesores funcionarios universitarios, que queda resuelta con la aplicación de la promoción interna. La promoción interna, abierta al cuerpo de Profesores Titular de Universidad, va a permitir establecer en plantillas la distribución adecuada entre Profesores Titulares de Universidad y Catedráticos de Universidad, al tiempo que no modifica el número total de profesores funcionarios».

Sin embargo, pese a resultar ampliamente compartible el espíritu de esta modificación legislativa, una serie de condicionantes pueden hacer que aquellos objetivos no logren cumplirse, de modo que la situación, en la práctica, siga siendo de bloqueo. Ello es especialmente así en el caso de las Universidades catalanas.

En primer lugar, la convocatoria de concursos de turno libre está condicionada a la tasa de reposición. Ciertamente, en la Ley de Presupuestos Generales actualmente en tramitación esa tasa se eleva al 100 por 100. No obstante, entendemos que el establecimiento de una tasa de reposición impide lograr el pretendido objetivo de desbloqueo.

En segundo lugar, es previsible que la situación económica de muchas universidades no permita, incluso dentro de la limitación que supone la existencia de una tasa de reposición, convocar los concursos de turno libre necesarios para lograr el desbloqueo de la situación. Por ello, resulta imprescindible que esta modificación legislativa vaya acompañada de la correspondiente partida presupuestaria para que las universidades puedan llevar a cabo el objetivo pretendido, y puedan modificar la relación de puestos de trabajo de su profesorado por ampliación de las plazas existentes en la forma que indiquen sus Estatutos y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 82 de la LOU.

En tercer lugar, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público establece la promoción interna como un principio rector del entero régimen de la función pública y como un derecho individual del funcionario. En este sentido, aparece expresamente entre los “fundamentos de actuación” la “igualdad, mérito y capacidad en (…) la promoción profesional” (art. 1.3, b). De forma concurrente, entre los “derechos de carácter individual” de los empleados públicos, a la par con la inamovilidad de los funcionarios de carrera y el desempeño efectivo de sus funciones o tareas propias, aparece el derecho “a la progresión en la carrera profesional y promoción interna según principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad mediante la implantación de sistemas objetivos y transparentes de evaluación” (art. 14, c), lo que se reitera en términos contundentes en el propio texto legal (art. 16.1): “Los funcionarios de carrera tendrán derecho a la promoción profesional”. En el ámbito de los cuerpos docentes universitarios, el nuevo art. 62.2 de la LOU indicado anteriormente reconoce expresamente este derecho individual a la promoción interna para el profesorado TU. Sin embargo, no cabe desconocer que hasta el momento las universidades han decidido la promoción de determinadas plazas de CU con arreglo criterios como la estructura de plantilla que no tienen en cuenta la exclusiva promoción profesional del PDI funcionario.  Asimismo, tampoco cabe desconocer que muchas universidades han procedido a implementar ulteriores sistemas de selección para elegir de entre todos los acreditados solamente a algunos con arreglo a diversos criterios de priorización de sus currículums. Estas realidades suponen añadir importantes obstáculos al derecho a la promoción del profesorado TU acreditado CU y, de nuevo, conducen a mantener la situación de bloqueo. De hecho, los mencionados criterios carecerían de todo sentido si las universidades dispusieran de plena capacidad presupuestaria para convocar las plazas correspondientes. En cualquier caso, y aunque no fuera así, resultan contrarios al derecho individual a la promoción que se acaba de reconocer a los Profesores Titulares de Universidad acreditados, puesto que ahora la LOU establece claramente que es un derecho subjetivo de cada acreditado poder concursar para la promoción, sin que sea posible imponer limitación objetiva adicional alguna que impida el ejercicio de ese derecho a quien tiene la condición de acreditado.

En cuarto lugar, la situación en las Universidades de Catalunya presenta una particularidad que choca frontalmente con los objetivos perseguidos con la modificación de LOU. Se trata de la política mantenida durante los últimos años por parte del Departament d’Economia i Coneixement de negativa a autorizar la creación de plazas de funcionario, siendo partidaria de crear únicamente plazas por vía contractual (“Agregats” y “Catedràtics contractats”). Dado que ahora la LOU condiciona la convocatoria de concursos de promoción a la convocatoria de concursos de turno libre de funcionarios (Profesores Titulares y Catedráticos), es evidente que si no se convoca ningún concurso de turno libre, tampoco podrán convocarse concursos de promoción interna. Pues bien, la expresada negativa del Departament a crear plazas de funcionarios (esto es, por vía de concurso libre), tendrá como consecuencia práctica la imposibilidad absoluta de convocar concursos de promoción interna, lo que conduce a mantener, sine die la situación de bloqueo en Cataluña. Ello, además de suponer una flagrante discriminación de los funcionarios acreditados en Cataluña con respecto al resto del territorio del Estado, discriminación abiertamente incompatible con el principio constitucional de igualdad y, por supuesto, con los principios y preceptos del Estatuto de la Función pública, supone, de nuevo, introducir una limitación al derecho a la promoción que deja en papel mojado su reciente reconocimiento en la LOU.

Sólo desde un cambio de orientación de la política del Departament, admitiendo la creación de nuevas plazas de funcionarios en las Universidades de Catalunya o bien reconociendo la preeminencia del derecho de promoción de los acreditados, entendiendo que las plazas contractuales que se puedan crear en adelante en Catalunya habilitan igualmente para la convocatoria de concursos de promoción, podrá hacerse realidad lo que parecen ser los objetivos de la reforma de la LOU, esto es, el reconocimiento del derecho a la promoción, la eliminación del injusto tratamiento en tanto funcionarios que nuestro colectivo viene soportando y, en fin, la solución a la situación de bloqueo de la que habla la Exposición de Motivos antes transcrita

miércoles, 7 de octubre de 2015

Reunión de los representantes de la Coordinadora Nacional de Acreditados a Cátedra con el Director General de Política Universitaria

El pasado 5 de octubre se celebró la reunión de los representantes de la Coordinadora Nacional de Acreditados a Cátedra (Iñaki Hidalgo, Rosa Mosquera, Reyes Palá y María Ángeles Alcalá) con el Director General de Política Universitaria, en respuesta a la petición de reunión que formulamos al Ministro de Educación, Ciencia y Deporte el pasado 10 de julio.

Le agradecimos el avance que ha supuesto el reconocimiento de la promoción interna en el ámbito de los cuerpos de funcionarios en la Universidad (RD-L 10/2015). No obstante, insistimos en que si bien la medida supone eliminar una discriminación inadmisible respecto del resto de los funcionarios de las Administraciones públicas, no resuelve el problema de la enorme bolsa de acreditados a cátedra generada en los últimos años (3.100 acreditados a cátedra). A este respecto, volvimos a exigir una solución urgente y excepcional que permita el acceso a una cátedra de los acreditados en un corto periodo de tiempo.

No compartimos los cálculos temporales del Director General sobre la absorción de la bolsa de acreditados con la aplicación del RD-L 10/2015 por considerarlos poco realistas, ni el argumento que expuso reiteradamente consistente en que las soluciones en este momento deben ser implementadas por las CCAA y por las Universidades y no tanto por el Ministerio de Educación. No obstante, se comprometió a estudiar medidas tendentes a paliar el problema de la tasa de reposición en las Universidades de reciente creación (con un reducido número de vacantes), así como otras que la Coordinadora proponga.
En todo caso, exigimos las siguientes medidas:

1.- Regulación inmediata y urgente de un procedimiento de conversión automática en cátedras de las plazas de profesores titulares acreditados.

2.- De mantenerse la situación actual, exigimos:

a.- Que se supriman los límites a la convocatoria de plazas de cátedra y, por tanto, que su número no esté vinculado con el número de plazas de turno libre convocadas. A tales efectos y teniendo en cuenta que se trata de plazas de promoción interna, sus costes no superan los 8.000 euros por lo que, en ningún caso, tendrán que ser dotadas presupuestariamente por el coste total de una plaza de cátedra.
b.- Que los contratos de Contratado-Doctor y las plazas correspondientes al programa Ramón y Cajal no computen a efectos de tasa de reposición y por tanto, que en ésta sólo se computen de acuerdo con la oferta de empleo público de turno libre las plazas de Titular de Universidad y de Catedrático de Universidad (art. 56 LOU).

En los últimos años se ha paralizado nuestra carrera Universitaria de forma injusta y sin que razones económicas lo justificara, con consecuencias nefastas para nosotros y para el sistema universitario. Por ello vamos a seguir reivindicando nuestros legítimos derechos. En consecuencia, si antes del mes de diciembre no se han introducido, por cualquier vía (Real Decreto, Orden Ministerial, Directriz, Instrucción..., etc) las medidas que exigimos, convocaremos una Asamblea General de la Coordinadora en Madrid, para exigir de forma presencial nuestros derechos ante el Ministerio de Educación. Igualmente, se adoptarán todas las medidas de presión que se consideren adecuadas.


lunes, 14 de septiembre de 2015

¡Enhorabuena!


El Consejo de Ministros del pasado viernes, 11 de septiembre de 2015, aprobo el Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía. Dentro de estas medidas, se ha contemplado en su Disposicion final segunda una modificación de la Ley Orgánica de Universidades, que permite el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad mediante promoción interna y se establece con carácter permanente la posibilidad de provisión de puestos docentes vacantes en una universidad con profesores titulares y catedráticos de otras universidades.

El texto de este Real-Decreto que ayer sabado se publico en el BOE. se puede resumir en:


1) Se permite el ascenso a cualquier miembro del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad al de Catedráticos de Universidad por medio de la promoción interna, siempre y cuando disponga de la Acreditacion pertinente. A esta promoción interna también podrán concurrir investigadores científicos siempre que estén acreditados como Catedráticos de Universidad, indistintamente de la Universidad o Centro de Investigación donde realicen su actividad.


2) Las plazas ofertadas en promoción interna no podrán superar el número máximo de plazas de funcionarios que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre, en ese mismo año.


3) Asimismo, se permite a las Universidades convocar concursos para la provisión de plazas docentes vacantes a las que podrán acceder profesores e investigadores de las distintas universidades del territorio nacional, promoviendo la movilidad entre instituciones siempre que pertenezcan al mismo cuerpo. A través de esta medida se permite a las universidades que así lo deseen reforzarse en áreas concretas y aumentar su especialización. Esta medida, que ya se contempló de forma temporal en la Ley de Presupuestos Generales de 2015, se integra de forma definitiva en la normativa universitaria favoreciendo la competencia entre centros universitarios.


4) Tanto el acceso por promoción interna, como para la provisión de plazas vacantes por movilidad, no afectan a las convocatorias ordinarias por turno libre vinculadas a la tasa de reposición.


Es necesario reconocer que esto constituye un importante logro para todos y se lo debemos en gran medida al gran apoyo que habéis mostrado a esta coordinadora. Todavía queda tarea, pero hemos dado un gran paso.


!Muchas Gracias!

jueves, 30 de julio de 2015

CARTA ENVIADA A LOS RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES PUBLICAS ESPAÑOLAS

Prof. Dr. Rector Magnífico de la Universidad de…

Apreciado Rector/Rectora:


En calidad de miembros de la Coordinadora Nacional de Profesores Acreditados a Cátedra, que aglutina múltiples universidades españolas y a más de 1.500 profesores (adheridos al Manifiesto: http://acreditadosacatedra.blogspot.com.es), nos dirigimos a usted para informarle de nuestra reivindicación de desbloqueo de la promoción profesional en las universidades, y para pedirle su apoyo institucional y personal a este respecto. 

 Como usted conoce bien, el bloqueo durante años de las convocatorias de plazas de cátedra ha producido una gran acumulación de profesores titulares que estamos acreditados por la ANECA para el cuerpo de catedráticos de universidad (en la actualidad más de 2.000, número que lógicamente seguirá aumentando en el futuro); de modo que nuestra promoción profesional, pese a contar con los méritos académicos para ello, se ha visto injustamente bloqueada y frustrada. Como miembros de la comunidad universitaria somos bien conscientes de los múltiples problemas y necesidades de personal existentes en las universidades españolas, y también de que la carrera profesional del PDI acreditado requerirá, a medio y largo plazo, una solución global y estructural; y en tal sentido somos plenamente solidarios con los demás colectivos docentes en situaciones de precariedad y bloqueo profesional. Pero asimismo, consideramos que, dada nuestra condición de funcionarios públicos, tenemos también legítimo derecho a que nuestra promoción profesional y académica no se vea interrumpida de forma indefinida y anormal, como actualmente sucede. Y, en concreto, como profesores titulares de universidad acreditados desde hace años para ocupar plazas de catedráticos, exigimos el desbloqueo y normalización de dichas convocatorias. 

No obstante, dado lo anómalo y excepcional de la situación creada durante los últimos años, que ha dado lugar a una gran bolsa acumulada de profesores acreditados para cátedra sin posibilidades de promoción, consideramos necesaria la articulación de medidas también excepcionales para el desbloqueo y normalización de esta situación irregular. Y, por ello, creemos imprescindible que se establezca un procedimiento de conversión automática de los profesores titulares acreditados a catedráticos de universidad, que permita la normalización, en un periodo razonable, de la promoción profesional de los profesores universitarios. 

Recientemente hemos trasladado todas estas reivindicaciones y propuestas tanto el Presidente de la CRUE como también a los agentes sociales con mayor representación en las universidades, y hemos recibido de ellos un apoyo decidido, que muy sinceramente les agradecemos. Le invitamos a ver la información documental sobre todas estas adhesiones y, en general, acerca de nuestras reivindicaciones en el blog que hemos creado al efecto (http://acreditadosacatedra.blogspot.com.es). 

Por último, el objetivo fundamental de este escrito es pedirle su apoyo expreso a las reivindicaciones y propuestas aquí planteadas (con la finalidad del desbloqueo inmediato de nuestra promoción profesional como profesores universitarios) tanto en el marco de su propia universidad como en el contexto más amplio de la Conferencia de Rectores, de la que usted forma parte. A la espera de su respuesta, le quedamos muy agradecidos de antemano por su atención y ayuda.

30 de julio de 2015 

-Mª Ángeles Alcalá Díaz. U. DE CASTILLA-LA MANCHA 
-Nekane Basabe Barañano. U. DEL PAÍS VASCO 
-Juan Carlos Cortés López. U. POLITÉCNICA DE VALENCIA 
-Octavio García Pérez. U. DE MÁLAGA -Rafael Gil. U. DE VALENCIA. 
-Carmen González Vázquez. U. AUTÓNOMA DE MADRID 
-José Ignacio Hidalgo Pérez. U. COMPLUTENSE DE MADRID 
-Ana María Martín Rodríguez. U. DE LA LAGUNA 
-Mª Rosa Mosquera Losada. U. DE SANTIAGO DE COMPOSTELA 
-Reyes Palá Laguna. U. DE ZARAGOZA 
-José Ramón Peláez. U. COMPLUTENSE DE MADRID 
-Santiago Redondo Illescas. U. DE BARCELONA 
-Manuel Sánchez Franco. U. DE SEVILLA

ACTA DE LA REUNIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA COORDINADORA NACIONAL DE PROFESORES ACREDITADOS A CÁTEDRA CON EL PRESIDENTE DE LA CRUE DE FECHA 14 DE JULIO DE 2015

Como respuesta a la petición formal formulada con fecha 1 de julio de 2015, el Presidente de la CRUE recibió a las 12:00 horas del día 14 de julio, a los representantes de la Coordinadora Nacional de profesores acreditados a Cátedra que en la actualidad integra a más de 1.500 miembros. 

Asistieron como representantes Santiago Redondo (UB), José Ramón Peláez (UCM), Carmen González (UAM), Manuel J. SánchezFranco (US), Iñaki Hidalgo (UCM), Rafael Gil (UV) y María Ángeles Alcalá (UCLM). 

Inicialmente, el Presidente de la CRUE explicó que la política defendida por la CRUE hasta el momento ha sido que las Universidades pudiesen ser autónomas para gestionar su presupuesto y, por tanto, que pudieran convocar las plazas que consideraran convenientes, siempre que no superaran el límite de gasto del capítulo 1, lo que hasta el momento no ha sido posible debido a la imposición de la tasa de reposición. Igualmente defendió que el problema de las convocatorias de plazas debía resolverse desde una política global y no por categorías de PDI. Informó igualmente de que se había negociado con el Ministerio el aumento de la tasa de reposición. 

Los representantes de la Coordinadora expusimos las siguientes cuestiones: 

1.- Como resultado del bloqueo de las plazas de cátedra durante los últimos años, el número de acreditados es actualmente muy elevado y sigue creciendo, y por ello, el mero aumento de la tasa de reposición, incluso hasta el 100% implicaría una demora de demasiados años hasta absorber el número total de acreditados existentes en la actualidad que tienen derecho a promocionar por los méritos acreditados. 

2.- El problema de la carrera universitaria del PDI acreditado es, efectivamente, un problema que debe resolverse en conjunto y como Coordinadora Nacional de acreditados a cátedra somos absolutamente solidarios con otros colectivos de las universidades. No obstante, se puso de manifiesto que la condición de funcionario de los profesores titulares acreditados a cátedra permite adoptar soluciones singulares. Igualmente se insistió en que dar solución a la promoción profesional de los acreditados a cátedra contribuiría también a favorecer las soluciones que puedan arbitrarse para los demás colectivos docentes afectados, con cuyos derechos y promoción profesional no se interfiere. 

3.- Los profesores universitarios estamos siendo injustamente discriminados respecto a otros funcionarios del Estado, ya que no se nos reconoce el derecho a la promoción interna, y carecemos, a diferencia de éstos de instrumentos de promoción profesional ordenada y objetiva. 

4.- La convocatoria de plazas de catedrático, incluso tomando en consideración la totalidad de los acreditados existentes en este momento, no es un problema económico. En primer lugar, porque la diferencia retributiva de las plazas de catedrático respecto de las plazas de titular de universidad es muy baja y, en segundo lugar, porque tal y como se informa públicamente, se han superado con éxito los problemas de la economía española que sirvieron para justificar los límites a la oferta de empleo público. 2 

5.- La paralización de la carrera profesional de los profesores universitarios convierte en papel mojado la acreditación de una agencia nacional independiente como es la ANECA, lo que provoca el desánimo y la frustración entre los profesores universitarios, la privación de oportunidades de investigación, tanto en la dirección de equipos como de acceso a la financiación, el desprestigio del colectivo, la descapitalización del sistema universitario y la ausencia de incentivos para atraer a jóvenes docentes e investigadores. Y todo ello, pese a que los acreditados para plazas de catedrático ya hemos obtenido una evaluación positiva de nuestra actividad docente investigadora, de innovación y de gestión en la que se certifica que reunimos los méritos y capacidad suficientes para ocupar una plaza de catedrático de Universidad. 

Por todo lo anterior, los representantes de la Coordinadora Nacional de profesores acreditados a Cátedra hemos propuesto al Presidente de la CRUE que incluya en la política de la institución que preside y en las negociaciones con los Ministerios competentes, las siguientes medidas: 

1.- Que, de forma inmediata, todas las plazas de catedrático que se convoquen se consideren como plazas de promoción y en consecuencia, no computen en la tasa de reposición existente o la que pudiera establecerse en el futuro. Igualmente reivindicamos que se reconozca legalmente, de forma general y definitiva, el derecho de los funcionarios de las Universidades españolas a la promoción interna en los mismos términos en que se regula para el resto de los funcionarios del Estado. 

2.- Que ante el elevado número de acreditados a cátedra actualmente existente y dada la excepcionalidad de la situación creada durante los últimos años, se articulen medidas de solución también excepcionales. En particular, se pidió expresamente la regulación inmediata de un procedimiento de conversión automática que contribuya a absorber la bolsa de acreditados a cátedra actual y permita la normalización, en un periodo temporal razonable, de la carrera profesional de los profesores universitarios. Se defendió y razonó ante el Presidente de la CRUE que este procedimiento de conversión sería más rápido, ahorraría costes de organización y resolución y dotaría al proceso de promoción profesional de la objetividad necesaria para garantizar la igualdad de todos los afectados en el acceso a una plaza de cátedra. 

El Presidente de la CRUE compartió nuestros argumentos y mostró su comprensión y receptividad a nuestras reivindicaciones, aunque admitió que no había contemplado la posibilidad de habilitar un procedimiento de conversión de los profesores titulares acreditados a cátedra. Ante las preguntas de los representantes de la Coordinadora Nacional se comprometió a defender nuestras propuestas tanto en las negociaciones con los Ministerios y organismos competentes, como mediante la inclusión de estas propuestas en la política sobre PDI que emane, con carácter general de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas, institución de la que es Presidente. 

Concluyó la reunión a las 13:30 horas. Los representantes de la Coordinadora agradecimos la reunión, la atención prestada y el apoyo y respaldo a nuestras peticiones, formulados expresamente por el Presidente de la CRUE.

REUNIÓN INFORMATIVA CON REPRESENTANTES DE LA FEDERACIÓN DE ENSEÑANZA DE COMISIONES OBRERAS (FECCOO)

Con fecha, y previa petición formal de cita, el 14 de julio de 2015, D. Julio Serrano Gracia, Secretario de Acción Sindical, Universidad e Investigación y Salud Laboral del Sindicato Comisiones Obreras (CCOO) acompañado de Dña. María del Carmen Agustín Lacruz y D. Jesús Escribano Martínez se entrevistaron con los representantes de la Coordinadora Nacional de Profesores Acreditados a Cátedra, Santiago Redondo (UB), José Ramón Peláez (UCM), Carmen González (UAM), Manuel J. Sánchez (US),, Rafael Gil (UV) y María Ángeles Alcalá (UCLM). 

Los representantes de la Coordinadora Nacional de Profesores Acreditados a Cátedra les expusieron brevemente las principales reivindicaciones resumidas en los siguientes puntos: 

1.- Que con carácter general y dentro del marco normativo correspondiente se reconozca la promoción interna del cuerpo de profesores funcionarios de las Universidades españolas así como cualquier promoción a Catedrático de Universidad que amortice la plaza de Titular de Universidad de la que disfrutaba. La promoción en general debe quedar desvinculada de la tasa de reposición. 

2.- La supresión de la actual tasa de reposición no solo en sus límites actualmente establecidos (50%) sino en cualquier límite que se desee establecer por los Ministerio competentes del Gobierno de España. 

3.- Que asumiendo el elevado número de acreditados a cátedra y dada la excepcionalidad y alarma generada entre el cuerpo afectado, se articulen medidas de urgencia basadas en un procedimiento de conversión habida cuenta que ni la actual tasa de reposición ni cualquier elevación que de la misma quepa hacer así como tampoco la promoción interna permitirán reconducir en un tiempo razonable la situación a niveles ajustados a la normalidad, y dando cumplida respuesta con tal petición al principio constitucional de la promoción a través del trabajo tras más de tres años de parálisis y negación del ejercicio de tal principio. 

En suma, se solicitó a los representantes de la Federación de Enseñanza de CCOO el apoyo de CCOO para la regulación y posterior aprobación en los órganos competentes de un procedimiento de conversión y en cualquier caso de la promoción interna del profesorado universitario, haciéndolo extensivo si el marco jurídico lo permite y así lo creemos remitiéndonos a iniciativas anteriores, al resto de cuerpos de profesorado de la Universidad española. 

D. Julio Serrano Gracia acogió amablemente nuestras peticiones reservando, en particular, sus valoraciones y futuros apoyos al plan de conversión a su presentación y sometimiento a los órganos rectores del Sindicato al que representa. Manifestó un apoyo absoluto al principio de promoción interna –aspecto que desde hace más de tres años llevan defendiendo inicialmente a través del Estatuto del Personal Docente e Investigador, y posteriormente en diversas mesas de negociación y foros. Asimismo, manifestó que en breve daría traslado a la Coordinadora de su valoración y apoyo si procede del principio de conversión. 

En definitiva, la Coordinadora reconoce el esfuerzo de FECCOO por resolver las pésimas condiciones a las que el cuerpo de profesores acreditados se ha sometido durante más de tres años, y en este sentido, ofreció su apoyo para acompañar cualquier iniciativa que en los sentidos antes expuestos se emprenda.

APOYO DE CSI-F, SECTOR UNIVERSIDADES, A LAS REIVINDICACIONES DE LOS PROFESORES ACREDITADOS PARA EL CUERPO DE CATEDRÁTICOS EN LAS UNIVERSIDADES CATALANAS

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F), Sector de Universidades de Cataluña, ha expresado, mediante carta de su Presidente, Dr. Josep Maria Fullola Pericot, su firme apoyo a las reivindicaciones legítimas de los profesores universitarios que, de acuerdo con los procedimientos de méritos académicos vigentes, han sido acreditados para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Y ha instando a las estructuras políticas y académicas catalanas a llegar, en el menor plazo posible, a una solución global y urgente de este problema, que comporta una grave discriminación de los funcionarios públicos de las universidades catalanas en relación con otros colectivos docentes.


CREACIÓN DE LA COORDINADORA CATALANA DE PROFESORES ACREDITADOS A CÁTEDRA, EN VINCULACIÓN CON LAS DIVERSAS UNIVERSIDADES DE CATALUÑA Y LA COORDINADORA NACIONAL DE ACREDITADOS

El día 23 de julio de 2015 se constituyó formalmente en Barcelona la Coordinadora de Professsors Acreditats per al Cos de Catedràtics a les universitats de Catalunya

Esta iniciativa específica se basa en el bloqueo especialmente grave y persistente existente en Cataluña por lo que se refiere a las convocatorias de plazas de catedráticos de universidad. Bloqueo que tiene su origen particular en una política del gobierno de la Generalitat y de los rectorados de las universidades catalanas contraria a proveer plazas de funcionarios estatales (como son las de catedráticos de universidad), y favorable a privilegiar plazas docentes propias. Esto comporta en Cataluña un grave perjuicio para la promoción profesional de los profesores funcionarios, que les sitúa en manifiesta desigualdad e indefensión en relación con otros colectivos docentes y funcionariales tanto de Cataluña y como del conjunto de España.


La Coordinadora catalana de acreditados a cátedra tiene como finalidad principal la legítima defensa del derecho de los profesores acreditados a su promoción profesional como funcionarios docentes y, en particular, el desbloqueo de las convocatorias de plazas de catedráticos de universidad en el contexto de las universidades catalanas. Para ello se emprenderán las acciones informativas y reivindicativas futuras que sean necesarias.

lunes, 13 de julio de 2015

CONSTITUIDA LA PLATAFORMA ACREDITADOS CU-UGR

El pasado día 2 de julio se constituyó en la Universidad de Granada la
“Plataforma acreditados CU-UGR”. En la misma se integran más de cien
acreditados a CU de dicha Universidad. Con ello, los profesores de la
Ugr se unen a los grupos ya existentes con el objeto de evitar la
vulneración del derecho a la promoción y a la igualdad, en relación con
otros cuerpos de la Administración Pública, que están sufriendo.

domingo, 12 de julio de 2015

FETE-UGT apoya la reivindicaciones de la Coordinadora de Profesores Titulares Acreditados a Cátedra de las universidades públicas españolas

Representantes de la Coordinadora de Profesores Acreditados a Cátedra se entrevistaron a principios de julio con el Secretario de Universidad de UGT-FETE Enseñanza. 

En esta reunión se pidió el apoyo del sindicato UGT para lograr el desbloqueo de la promoción profesional de los profesores titulares de universidad acreditados para plazas de catedrático. También se solicitó a UGT el traslado y defensa de esta reivindicación en el contexto de la negociación con la Administración que tendrá próximamente lugar en la mesa sectorial de universidades.
En este marco se han valorado diversas vías de solución de este problema, así como las ventajas y dificultades de unas y otras: un proceso general de idoneidad (como se ha hecho en ocasiones anteriores), un planteamiento de promoción profesional fuera de la tasa de reposición, o la eliminación completa de la tasa de reposición en la universidades (al igual que ya existe en los centros públicos de investigación).



UGT-FETE Enseñanza defiende desde hace tiempo la promulgación del estatuto del profesorado de las universidades, que estructure y mejore los procesos de promoción profesional, de todos los colectivos docentes, tanto en un sentido vertical (progresión de unos cuerpos a otros) como transversal (o posibilidad de progresión salarial y de estatus dentro de un mismo cuerpo).